Post unico: Autónomos
Publicado: Dom Ene 19, 2014 3:09 pm
¿Los nuevos autónomos tendrán que cotizar por desempleo obligatoriamente y…?
Actualmente, si un autónomo quiere adquirir el derecho a recibir una prestación cuando cesa en su actividad debe cotizar simultáneamente por esta contingencia y por accidente de trabajo y enfermedades profesionales. Por ambos conceptos se cotiza alrededor de un 7%, del que el 2,2% corresponde a la prestación por cese de actividad, si bien existe una bonificación que la sitúa en el entorno del 1,7% por incapacidad transitoria.
El anteproyecto propuesto por el Gobierno desliga ambas contingencias, de manera que los nuevos autónomos deberán cotizar obligatoriamente por la prestación por cese de actividad, si bien la cotización por accidentes profesionales (que se contrata anualmente) será voluntaria.
El autónomo ya dado de alta que no cotice por accidentes profesionales o por prestación por cese de actividad a la entrada en vigor de la ley, podrá elegir voluntariamente si quiere cotizar por alguna de estas contingencias.
Lo curioso de la posible nueva normativa no es que se obligue a cotizar por desempleo a los nuevos autónomos sino en qué condiciones se podrá cobrar el paro.
A partir de la entrada en vigor de la ley, el beneficiario deberá demostrar a la Administración un saldo negativo –de pérdidas– al cierre del ejercicio, en el balance entre ingresos y gastos. A estos efectos, el primer año de inicio de actividad no cuenta, porque este es el periodo de cotización que, como mínimo, tiene que acreditar el autónomo.
Lo que no se dice es cómo los autónomos que estiman su renta por módulos van a poder demostrar que tienen pérdidas.¿O tienen que llevar una contabilidad cuando este sistema lo que pretende es evitar una contabilidad por compleja y costosa en ciertos negocios?
¿Pero por qué es necesario tener pérdidas?
¿Y si uno sólo gana por ejemplo 3000€ ese año de cierre empresarial?
Para tener derecho al paro tendrás que retirarte perdiendo dinero y demostrarlo.
Vamos que no incentivan la creación de empresas sino que no te des de baja, ya que si te das de baja ganando algo el seguro no te habrá servido para nada.
Vamos que el lema puede ser este:
“El autónomo que se retire y quiera cobrar el paro se tiene que retirar arruinado”
¿Qué creían que realmente nos estaban proporcionando un derecho real por el que se luchó?
Ya se han dado cuenta que de lo que se trata es de recaudar más sin ofrecer a cambio un derecho real.
Recaudar, recaudar… ese es el último fin del actual gobierno, no importa cómo ni a costa de qué.
Algunos autónomos no se darán cuenta de la efectividad del seguro de desempleo que pagan hasta que vayan a cerrar su empresa.
¿Cuántos autónomos que ya están dados de alta creen ustedes que se acogerán voluntariamente a este “seguro” si sale con este planteamiento inicial?
No sé cómo tomarme esta propuesta de nueva normativa: un derecho más o un engaño.
De lo que sí estarán seguros los nuevos autónomos, si sale esta normativa, es que tienen que pagar el “seguro” a pesar de no estar seguro de beneficiarse de él si tienen que cerrar su empresa.
http://www.gurusblog.com/archives/los-n ... 8/01/2014/
Actualmente, si un autónomo quiere adquirir el derecho a recibir una prestación cuando cesa en su actividad debe cotizar simultáneamente por esta contingencia y por accidente de trabajo y enfermedades profesionales. Por ambos conceptos se cotiza alrededor de un 7%, del que el 2,2% corresponde a la prestación por cese de actividad, si bien existe una bonificación que la sitúa en el entorno del 1,7% por incapacidad transitoria.
El anteproyecto propuesto por el Gobierno desliga ambas contingencias, de manera que los nuevos autónomos deberán cotizar obligatoriamente por la prestación por cese de actividad, si bien la cotización por accidentes profesionales (que se contrata anualmente) será voluntaria.
El autónomo ya dado de alta que no cotice por accidentes profesionales o por prestación por cese de actividad a la entrada en vigor de la ley, podrá elegir voluntariamente si quiere cotizar por alguna de estas contingencias.
Lo curioso de la posible nueva normativa no es que se obligue a cotizar por desempleo a los nuevos autónomos sino en qué condiciones se podrá cobrar el paro.
A partir de la entrada en vigor de la ley, el beneficiario deberá demostrar a la Administración un saldo negativo –de pérdidas– al cierre del ejercicio, en el balance entre ingresos y gastos. A estos efectos, el primer año de inicio de actividad no cuenta, porque este es el periodo de cotización que, como mínimo, tiene que acreditar el autónomo.
Lo que no se dice es cómo los autónomos que estiman su renta por módulos van a poder demostrar que tienen pérdidas.¿O tienen que llevar una contabilidad cuando este sistema lo que pretende es evitar una contabilidad por compleja y costosa en ciertos negocios?
¿Pero por qué es necesario tener pérdidas?
¿Y si uno sólo gana por ejemplo 3000€ ese año de cierre empresarial?
Para tener derecho al paro tendrás que retirarte perdiendo dinero y demostrarlo.
Vamos que no incentivan la creación de empresas sino que no te des de baja, ya que si te das de baja ganando algo el seguro no te habrá servido para nada.
Vamos que el lema puede ser este:
“El autónomo que se retire y quiera cobrar el paro se tiene que retirar arruinado”
¿Qué creían que realmente nos estaban proporcionando un derecho real por el que se luchó?
Ya se han dado cuenta que de lo que se trata es de recaudar más sin ofrecer a cambio un derecho real.
Recaudar, recaudar… ese es el último fin del actual gobierno, no importa cómo ni a costa de qué.
Algunos autónomos no se darán cuenta de la efectividad del seguro de desempleo que pagan hasta que vayan a cerrar su empresa.
¿Cuántos autónomos que ya están dados de alta creen ustedes que se acogerán voluntariamente a este “seguro” si sale con este planteamiento inicial?
No sé cómo tomarme esta propuesta de nueva normativa: un derecho más o un engaño.
De lo que sí estarán seguros los nuevos autónomos, si sale esta normativa, es que tienen que pagar el “seguro” a pesar de no estar seguro de beneficiarse de él si tienen que cerrar su empresa.
http://www.gurusblog.com/archives/los-n ... 8/01/2014/